Servicio gratuito patrocinado por Journal y Arkea. Más información

Servicio gratuito y comunitario, mantenido como referencia por un grupo privado de dueños y fundadores de pymes. No es oficial ni constituye asesoría tributaria o legal. Verifique con su contador y con la fuente oficial antes de actuar.

Declaración y pago mensual del IVA (formulario 150)

Declaración jurada mensual del impuesto al valor agregado del mes anterior; se presenta aunque no haya impuesto por pagar.

EntidadHacienda
Aplica aContribuyentes de IVA; Régimen tradicional
Fuentehttps://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=32526&param2=150649&param3=1
VerificaciónÚltima verificación:

¿Cuáles son las próximas fechas?

FechaÁmbitoPeríodoEstadoVerificación y fuente
Nacional2026-11VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2026-12VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-01VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-02VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-03VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-04VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-05VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-06VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-07VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-08VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-09VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-10VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-11VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2027-12VigenteÚltima verificación:
Fuente
Nacional2028-01VigenteÚltima verificación:
Fuente

¿Qué debo saber de esta obligación?

Ley 6826, art. 27: la obligación de declarar subsiste aun sin pago o con saldo a favor. En TRIBU-CR corresponde al formulario 150 (antes 104), según la tabla de nueva codificación de Hacienda. Ventas a crédito de ciertos contribuyentes: pago hasta 90 días después de la factura electrónica (art. 27).

Preguntas frecuentes

¿A quién le aplica Declaración y pago mensual del IVA (formulario 150)?

Según nuestros registros aplica a: Contribuyentes de IVA; Régimen tradicional. Confirme con su contador si su caso encaja.

¿Cuál es la fecha límite?

La fecha registrada más cercana es el 16 de noviembre de 2026 (2026-11). Se verificó por última vez el 28 de octubre de 2026. Confirme el plazo vigente en la fuente.

¿Dónde confirmo la información oficial?

En https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=32526&param2=150649&param3=1. Esta página es una referencia gratuita y no sustituye la fuente oficial ni la asesoría de su contador.

Otras obligaciones de Hacienda