Declaración jurada del impuesto de patente — El Guarco municipal
En El Guarco, la declaración jurada anual del impuesto de patente se presenta a más tardar el quinto día hábil de enero de cada año (Ley 9237, art. 54).
| Entidad | Municipalidades |
|---|---|
| Aplica a | Negocios que tienen patente o licencia municipal; Con patente o licencia municipal |
| Fuente | https://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=77424 |
| Verificación | Última verificación: |
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| Fecha | Ámbito | Período | Estado | Verificación y fuente |
|---|---|---|---|---|
| El Guarco | 2026 En El Guarco, la declaración jurada anual del impuesto de patente se presenta a más tardar el quinto día hábil de enero de cada año (Ley 9237, art. 54). El 1 de enero es feriado; el quinto día hábil de enero de 2027 es el viernes 8. Texto oficial leído en sinalevi.go.cr el 2026-10-30. | Vigente | Última verificación: Fuente |
¿Qué debo saber de esta obligación?
El 1 de enero es feriado; el quinto día hábil de enero de 2027 es el viernes 8. Texto oficial leído en sinalevi.go.cr el 2026-10-30.
Preguntas frecuentes
¿A quién le aplica Declaración jurada del impuesto de patente — El Guarco municipal?
Según nuestros registros aplica a: Negocios que tienen patente o licencia municipal; Con patente o licencia municipal. Confirme con su contador si su caso encaja.
¿Cuál es la fecha límite?
La fecha registrada más cercana es el 8 de enero de 2027 (2026). Se verificó por última vez el 30 de octubre de 2026. Confirme el plazo vigente en la fuente.
¿Dónde confirmo la información oficial?
En https://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=77424. Esta página es una referencia gratuita y no sustituye la fuente oficial ni la asesoría de su contador.
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