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Servicio gratuito y comunitario, mantenido como referencia por un grupo privado de dueños y fundadores de pymes. No es oficial ni constituye asesoría tributaria o legal. Verifique con su contador y con la fuente oficial antes de actuar.

Declaración jurada del impuesto de patente — Curridabat

En Curridabat, todas las personas titulares de una licencia comercial, industrial o de servicios, en régimen general o simplificado, presentan cada año la declaración jurada del impuesto de patente a más tardar el 30 de marzo. Si no se presenta, la Municipalidad puede estimar el impuesto de oficio.

EntidadMunicipalidades
Aplica aNegocios que tienen patente o licencia municipal; Con patente o licencia municipal
Fuentehttps://www.curridabat.go.cr/tr-patentesmunicipales.html
VerificaciónÚltima verificación:

¿Cuáles son las próximas fechas?

FechaÁmbitoPeríodoEstadoVerificación y fuente
Curridabat2026
Declaración del período 2026.
VigenteÚltima verificación:
Fuente

¿Qué debo saber de esta obligación?

Fuente: página Licencias Comerciales de la Municipalidad de Curridabat. Requiere copia de la declaración D-101 y estar al día con CCSS, Hacienda y FODESAF.

Preguntas frecuentes

¿A quién le aplica Declaración jurada del impuesto de patente — Curridabat?

Según nuestros registros aplica a: Negocios que tienen patente o licencia municipal; Con patente o licencia municipal. Confirme con su contador si su caso encaja.

¿Cuál es la fecha límite?

La fecha registrada más cercana es el 30 de marzo de 2027 (2026). Se verificó por última vez el 28 de octubre de 2026. Confirme el plazo vigente en la fuente.

¿Dónde confirmo la información oficial?

En https://www.curridabat.go.cr/tr-patentesmunicipales.html. Esta página es una referencia gratuita y no sustituye la fuente oficial ni la asesoría de su contador.

¿En qué municipalidades hay fechas registradas?

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